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El INE flexibiliza normas de fiscalización para candidatos al Poder Judicial

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El Instituto Nacional Electoral (INE) ha modificado las reglas de fiscalización aplicables a los candidatos que aspiran a ocupar cargos en el Poder Judicial, con el objetivo de evitar que incurran en la pérdida de su candidatura debido a ciertas faltas. Esta decisión se enmarca en un contexto de debate entre los consejeros del organismo, quienes discutieron la posibilidad de imponer sanciones severas, como la cancelación del registro de candidatura, en casos de incumplimiento de obligaciones como la presentación del Informe Único de Gastos.

Inicialmente, se propuso que los aspirantes a juzgadores que no presentaran dicho informe, recibieran recursos públicos o privados, o asistieran a eventos organizados por partidos políticos, coaliciones, candidatos independientes o grupos en proceso de convertirse en institutos políticos, enfrentaran la cancelación de su registro. Sin embargo, tras un análisis detallado, se determinó que esta medida sería excesiva en algunos casos.

El consejero Martín Faz propuso, y se aprobó por mayoría, que la omisión del informe de gastos no conlleve automáticamente la cancelación del registro. En cambio, se estableció que las sanciones por las otras dos faltas mencionadas se aplicarán únicamente cuando la gravedad de la infracción lo justifique. Además, se mantuvieron otras sanciones, como amonestaciones públicas y multas de hasta 565,700 pesos, para más de una veintena de infracciones relacionadas con el origen y destino de los recursos utilizados en campañas.

En cuanto a la promoción de las candidaturas, se establecieron restricciones significativas. Los aspirantes al Poder Judicial no podrán utilizar espectaculares, bardas o cualquier otro medio de publicidad en vía pública. Tampoco podrán recibir recursos de origen público o privado, limitándose a financiar sus campañas con fondos personales, destinados exclusivamente a gastos como traslados, combustible, hospedaje y alimentos.

Se permitirá el uso de recursos para la producción de propaganda impresa, edición de imágenes o promocionales en redes sociales y medios digitales propios. Sin embargo, queda prohibida la contratación de espacios publicitarios en radio, televisión, medios impresos o digitales, así como la colocación de anuncios en espectaculares, bardas, vallas o parabuses. Terceros podrán mencionar a los candidatos en sus redes sociales, siempre que no se trate de mensajes pagados.

El INE enfrentará un desafío considerable en la fiscalización de este proceso electoral, ya que supervisará a más de 5,300 candidatos, incluyendo aspirantes a jueces locales y alcaldías en Durango y Veracruz. Para ello, el organismo podrá solicitar información sobre cuentas y bienes personales a diversas dependencias, así como investigar la situación patrimonial de cónyuges, concubinos y dependientes económicos directos de los candidatos.

Además, el INE monitoreará posibles contradicciones, movimientos inusuales o indicios de recursos de procedencia ilícita. Se prohíbe a los candidatos realizar sorteos, rifas, donaciones o cualquier otra actividad para captar recursos. Asimismo, se vigilará el posible desvío de recursos, en efectivo o en especie, provenientes de gobiernos, congresos o poderes judiciales.

Esta nueva normativa refleja un esfuerzo por equilibrar la transparencia y la rigurosidad en el proceso electoral, al tiempo que se evita la aplicación de sanciones desproporcionadas que podrían afectar injustamente a los candidatos. Sin embargo, plantea desafíos logísticos y operativos para el INE, que deberá garantizar el cumplimiento de estas reglas en un contexto electoral complejo y de gran escala.